El Consejo de la UE define su posición sobre Horizonte Europa 2028-2034

 
Horizonte Europa

El Consejo de la UE ha alcanzado un acuerdo sobre su posición parcial de negociación relativa al Reglamento y el Programa Específico de Horizonte Europa 2028‑2034, que constituirán el décimo Programa Marco de financiación para la investigación e innovación en el próximo Marco Financiero Plurianual (MFP) de la Unión Europea.

Se trata de una posición “parcial” (Partial general approach, PGA) ya que no aborda el presupuesto, ni determinados aspectos horizontales, que forman parte de las negociaciones generales del MFP para 2028‑2034. Tampoco incluye los elementos relativos al Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT).

El acuerdo refuerza el papel de los Estados miembros (EE MM) en la definición de prioridades estratégicas y clarifica la conexión con el futuro Fondo Europeo de Competitividad (ECF), especialmente en lo relativo al componente de investigación e innovación colaborativa, preservando al mismo tiempo la autonomía y la excelencia de Horizonte Europa. Asimismo, introduce mejoras en la identificación de las áreas prioritarias y el diseño de las asociaciones europeas (partenariados europeos), incorporando un enfoque más sólido de su ciclo de vida y reforzando la coherencia con otros programas de la Unión, al mismo tiempo que busca garantizar un sistema único de resolución en el caso de que haya cofinanciación de los EE MM.

Otro elemento reforzado es la seguridad de la investigación, mediante el establecimiento de un marco sólido y específico para la identificación, evaluación y mitigación de los riesgos asociados a las actividades de investigación e innovación. Este enfoque aclara las restricciones de participación y las salvaguardas aplicables, al tiempo que mantiene, en la medida de lo posible, el carácter abierto de la investigación y la innovación.

Igualmente, la posición del Consejo incorpora de forma más explícita principios horizontales clave, como la igualdad de género, y avanza en la simplificación de las normas de participación, con el objetivo de facilitar el acceso a la financiación y la reducción de la carga administrativa para los participantes y beneficiarios.

Por otro lado, el Consejo también ha alcanzado un Acuerdo general parcial para el Fondo Europeo de Competitividad (ECF).

La posición del Consejo para el ECF aclara las sinergias con otros fondos de la UE, como Horizonte Europa, garantizando una definición conjunta de prioridades, e
incorpora medidas específicas dirigidas a las pymes.

Asimismo, introduce mejoras a la propuesta original de la Comisión con el fin de reforzar el papel de los Estados miembros en la gobernanza del Fondo.

El ECF se centra en cuatro áreas políticas clave (ventanas), que incluyen también las actividades colaborativas de investigación e innovación del componente “Competitividad” del Pilar II de Horizonte Europa:

  • transición limpia y descarbonización industrial;
  • salud, biotecnología, agricultura y bioeconomía;
  • liderazgo digital;
  • resiliencia y seguridad, industria de defensa y espacio.

El Consejo utilizará estos acuerdos como base para iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo.

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